Nuevas reglas para la cancelación de CFDI sin aceptación del receptor

9 de noviembre de 2021

Con fecha 18 de octubre de 2021, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publico en su pagina de internet la cuarta versión anticipada de la Tercera Resolución Miscelánea Fiscal para 2021. En la misma, la autoridad da a conocer la modificación a la regla 2.7.1.39. Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor.


Los cambios a la regla implican:


  • La disminución del monto a considerar para cancelar un documento SIN aceptación del receptor, pasando de $5,000 a 1,000. Es decir, documentos que tengan un importante total mayor a $1,000 ahora requieren aceptación por parte del receptor.


  • Modificación del plazo de tres a un día hábil para que sean consideradas las facturas cancelables sin aceptación.

 

El SAT notifico que estos cambios ya fueron aplicados tanto en el Portal SAT como en los servicios de cancelación que procesan los Proveedores Autorizadores de certificación, con fecha 18 de octubre de 2021.


Los sistemas Aspel NO requieren de ninguna modificación, ya que el proceso de cancelación se realiza entre el Proveedor Autorizado de certificación (PAC) y SAT.




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