En este curso, te sumergirás en los cambios y requisitos esenciales del Complemento de Carta Porte en su nueva versión 3.1. Aprenderás no solo las normas vigentes para la transportación de bienes y mercancías, sino también la importancia crucial de emitir este documento conforme a las disposiciones fiscales actuales.
El complemento Carta Porte versión 3.1 fue publicado en el Portal del SAT el 17 de junio de 2024 y según la regla 2.7.1.8 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) actual, los complementos que el SAT publique en su sitio web serán obligatorios para los contribuyentes correspondientes, treinta días naturales después de su publicación. Por lo anterior entendemos que el complemento de Carta Porte 3.1 deberá utilizarse obligatoriamente a partir del 17 de julio de 2024. Cabe destacar que, para operaciones de comercio exterior, la factura con complemento Carta Porte es exigible desde el 1 de enero de 2024.
Temario:
Sirve para acreditar el traslado de bienes o mercancías cuando se mueven por algún medio de transporte en alguna de las siguientes vías:
El transportista deberá contar con el archivo electrónico o la representación impresa del CFDI con el complemento Carta Porte.
¿Quiénes deben emitir el CFDI con complemento Carta Porte?
Temario:
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